Martha Liria Sepúlveda Campo.
Martha Liria Sepúlveda Campo.
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MinSalud dice que Corte "no le ha notificado" fallo que permite eutanasia en enfermedades no terminales

Pese a que el tribunal constitucional emitió la sentencia en el mes de julio de 2021.

El Ministerio de Salud se pronunció sobre la cancelación del procedimiento de eutanasia a Martha Liria Sepúlveda, programado para la mañana de este domingo.

Recordemos que horas antes de que Martha Liria se convirtiera en la primera mujer colombiana en acceder a la eutanasia sin tener un diagnóstico no terminal, la IPS Indocol decidió cancelar el procedimiento que generó un debate nacional.

"Hasta el momento, en Colombia, NO se han realizado eutanasias que no cumplan con el requisito de enfermedad terminal. A la fecha, la práctica de la eutanasia tan solo está regulada bajo este precepto; en consecuencia, los casos en conocimiento del Ministerio de Salud y Protección Social todos cumplen con tal característica", aseguró el Ministerio en un comunicado, publicado la noche de este viernes por Blu Radio.

Sobre el caso de la señora Sepúlveda, la cartera de salud señaló "que no se conocen mayores detalles, puesto que el Ministerio hace revisión exhaustiva del caso una vez ya se han realizado los procedimientos".

Lo que llama la atención es que el Ministerio de Salud advierte en el comunicado que la Corte Constitucional no le ha notificado el fallo que permite eutanasia en enfermedades no terminales.

"En relación con el comunicado de prensa que da a conocer la sentencia C-233 de 2021, la Corte Constitucional aún no ha notificado el fallo a este ministerio, por lo tanto no se producen los efectos jurídicos derivados de la sentencia, dado que no es conocido el fallo en su integralidad", puntualizó la cartera de salud.

Esa sentencia fue emitida en el mes de julio de 2021, es decir, hace más de 2 meses.

En el fallo, la Corte Constitucional amplió el derecho fundamental a morir dignamente para aquellos pacientes que padezcan una enfermedad o lesión grave e incurable que les provoque intenso sufrimiento.

Tras conocer la sentencia, Martha Liria solicitó días después a su EPS Sura morir dignamente, derecho que le fue otorgado el 6 de agosto.

Sepúlveda fue diagnosticada en 2019 con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) una enfermedad de las neuronas en el cerebro, el tronco cerebral y la médula espinal que controlan el movimiento de los músculos voluntarios, que afecta a 5 personas de cada 100 mil en el mundo.

Pronunciamiento de los abogados

Lucas Correa, abogado de la familia de Martha Sepúlveda, reveló a Blu Radio que la mujer recibió una carta por parte de la IPS, sin firmas.

"Sin identificación de los médicos, ni del abogado que participó del supuesto comité, posteriormente nos enteramos que la razón es que Martha, según ellos, no tiene una enfermedad en estado terminal”, señaló el jurista.

”Rechazamos la decisión ilegítima, ilegal y arbitraria de la IPS Incodol y de la EPS Sura a través de la cual negaron el procedimiento y cancelaron el procedimiento de la eutanasia que estaba programado para el domingo", agregó.

Advirtió que la IPS y la EPS están "vulnerando los derechos" de Martha Liria.

Esta polémica pica y se extiende.